Consejo Andaluz de Colegios de Agentes Comerciales
Cádiz, a 3 de mayo de 2021
Estimados compañeros:
En relación con la circular informativa enviada el día 26 de abril, y ante la confusión creada por
la redacción de la corrección de errores del Decreto ley 4/2021 publicado el 13 de abril en el
BOJA, donde se indicaba la modificación de la relación inicial de actividades beneficiarias
incluyendo los códigos de CNAE 4618 ‘’intermediarios del comercio especializados en la venta de
otros productos específicos’’ y 4619 ‘’intermediarios del comercio de productos diversos’’.
Queríamos aclararles que solo tiene efecto esta inclusión en el Decreto-ley 4/2021 de 23 de marzo
pero no afecta al Decreto-ley 5/2021 del 30 de marzo.
El Decreto-ley 4/2021 del 23 de marzo, es por el que se adoptan diversas medidas con carácter
urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus
(COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas. Este se basa en tres grandes ejes:
mantener el empleo y la actividad económica, proteger a las personas más necesitadas y afectadas
por la crisis y articular un plan excepcional de refuerzo de la gestión de las ayudas.
A destacar dentro de sus muchas medidas:
-Mantenimiento del empleo asalariado. Se establece una ayuda para el mantenimiento del empleo
asalariado durante cuatro meses (505 euros por trabajador o equivalente a tiempo completo, y mes)
en empresas de hasta 20 personas trabajadoras.
-Mantenimiento del empleo para personas trabajadoras por cuenta propia. Ayuda dirigida a las
personas trabajadoras autónomas (1.000 euros) que desempeñan su actividad en sectores de actividad
más afectados por la pandemia, tales como centros de peluquería y estética y el sector del taxi.
-Mantenimiento de la actividad en las PYMES ubicadas en los sectores del comercio y la hostelería.
Ayudas para el mantenimiento de la actividad durante 4 meses (3.000 euros) para PYMES en activo en
los sectores del comercio y la hostelería que acrediten no haber estado en crisis en 2019 y han
sufrido una caída de las ventas por COVID 19 en 2020 de al menos el 20% sobre el año anterior.
El plazo de solicitud es de 25 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria.
Del 30 de marzo al 5 de mayo de 2021.
Secretario Consejo Andaluz | D. Fco. Manuel Maestre Barrajón
Presidente Consejo Andaluz | D. Liberio Pérez España