Escrito del año 1936, incluido en el B.O.E.
Uno de los anhelos que históricamente han formado parte del Colegio ha sido la formación reglada de la profesión, como salida a las situaciones de dificultad que las distintas épocas han traído a los agentes comerciales.
Como muestra este escrito del año 1936, incluido en el B.O.E. y que a continuación transcribimos para su mejor lectura. http://www.boe.es/datos/pdfs/ BOE/1936/211/B00905-00905.pdf
MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA Y BELLAS ARTES
SUBSECRETARIA
En el expediente incoado a instancia de V.S. y del Secretario de ese Colegio Oficial solicitando que, previos los asesoramientos necesarios, se decrete la carrera de Agente Comercial, para poder ser cursada en todas o en algunas de las Escuelas de Comercio sostenidas por el Estado, redactándose a tal efecto el oportuno plan de estudios en el más breve plazo.
El Consejo Nacional de Cultura ha emitido el siguiente dictamen:
“El Sr. Presidente y Secretario del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de la provincia de Córdoba elevan instancia a este Ministerio solicitando que, previos los asesoramientos necesarios, se decrete la creación de la carrera de Agente Comercial para poder ser cursada en todas o en algunas de las Escuelas de Comercio que sostenga el Estado, redactándose al efecto el oportuno plan de estudios en el más breve plazo.
Fundamentan su petición que, a instancia de los Colegios Libres de Comisionistas y Representantes de Comercio, por Decreto de 8 de Enero de 1926 se creó la colegiación obligatoria, dándose un Reglamento provisional, publicándose con posterioridad otro Decreto de 7 de Noviembre de 1931, con sus respectivos Reglamentos para los Colegios, Comités ejecutivo y central y su asamblea.
Debido a las citadas disposiciones cambiaron su denominación de Representantes y Comisionistas de Comercio por la de Agentes Comerciales, y sus problemas agudizados por la competencia y penuria en los negocios, se han aumentado, apareciendo, por tanto la necesidad de una mejor orientación y capacitación profesional y para ello se hace precisa la creación de dicha carrera.
Alegan en su petición también que, debido a la penuria económica, superproducción, competencia, evolución de los mercados y política de contingentes, son variados y difíciles los problemas que se plantean a los negocios y distribución de productos, siendo el mejor fin para hacer frente a esta situación capacitarse para ponerse a tono con las necesidades actuales.
A la petición de referencia se adhieren las Corporaciones siguientes: Colegios Oficiales de Agentes Comerciales de Jaén, Las Palmas, Linares, Málaga y Zaragoza.
Cámaras de Comercio e Industria de Albacete, Córdoba, Gerona, Jaén y Segovia.
El Director de la Escuela Central Superior de Comercio emite informe en el sentido de que cuantas materias y conocimientos se requieren para la profesión de Agente Comercial se hallan comprendidas en las disciplinas que integran el Profesorado Mercantil y, por tanto, no tiene necesidad el Estado de crear nuevas enseñanzas ni otorgar nuevos títulos ya que el de Profesor Mercantil en la actualidad puede obtenerse en todas las Escuelas de Comercio de la Península e insulares.
El Consejo, de conformidad con el informe emitido por el Sr. Director de la Escuela Superior de Comercio, tiene el honor de proponer a la Superioridad se desestime la petición formulada por el Presidente y Secretario del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de la provincia de Córdoba”.
Y conformándose este Ministerio con el preinserto dictamen ha tenido a bien resolver como en el mismo se propone.
De Orden comunicada por el excelentísimo Sr. Ministro lo digo a V.S. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 22 Julio de 1936. El Subsecretario, Emilio Baeza Medina.
Sr. Presidente del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de la provincia de Córdoba.