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Ley Crea y Crece – Revista 2024

Salvador Romero Fuentes Asesor Fiscal COACO.

Resumen y esquema de plazos y condiciones para adaptar los software de facturación a los nuevos requisitos de certificación de Hacienda:

  1. Antecedentes
  • El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una Orden Ministerial que especifica los requisitos que deben cumplir los programas de facturación utilizados por autónomos para ser considerados legales y certificados.
  • Esta medida responde a la Ley Antifraude y busca un control exhaustivo de la facturación electrónica de los autónomos.
  1. Plazos de Adaptación
  • Plazo Inicial: Los negocios y desarrolladores de software tienen hasta julio de 2025 para que sus programas de facturación cumplan con estos nuevos requisitos.
  • Próxima Ampliación: Se prevé una modificación de la normativa que otorgará una extensión en el plazo para beneficiarios y, posiblemente, para los productores de software.
  1. Condiciones que deben cumplir los programas de facturación

Los programas de facturación deberán cumplir con varios requisitos técnicos y de seguridad, entre los que destacan:

3.1. Condiciones de Registro y Seguridad de Datos

  • Registro simultáneo de la factura al momento de la entrega o prestación de servicios.
  • Integridad e inalterabilidad de datos: Protección de los datos de facturación contra cualquier alteración interna o externa.
  • Trazabilidad de registros: Registro encadenado para asegurar un rastro verificable desde el primer hasta el último registro.
  • Registro de eventos: Documentación automática de todas las interacciones, operaciones y sucesos dentro del sistema.

3.2. Información Obligatoria en los Registros

  • Identificación del emisor de la factura (NIF, nombre completo o razón social).
  • Detalles de la factura: Número, serie (si corresponde), fecha de expedición, y fecha de operaciones.
  • Tipo de factura: Completa o simplificada.
  • Descripción de operaciones e importe total de la factura.
  • Regímenes fiscales aplicables, especialmente en relación con el IVA.

3.3. Elementos de Seguridad

  • Hash encadenado: Generación de una huella única para cada factura vinculada a las anteriores, impidiendo alteraciones.
  • Firma electrónica: Aplica a los registros de facturación, aunque no es obligatoria si el envío de datos a la Agencia Tributaria es voluntario.
  1. Sistema Veri*factu
  • Todos los programas deberán incluir el sistema Veri*factu que permite la transmisión automática de facturas a la Agencia Tributaria.
  • Los usuarios pueden optar por activar o desactivar esta funcionalidad. Los sistemas que remitan automáticamente facturas serán considerados “Veri*factu”, mientras que aquellos que no lo hagan serán “No Veri*factu”.

Este nuevo reglamento marca un cambio significativo en la gestión de la facturación para autónomos, incrementando el control de Hacienda sobre sus transacciones y registros.

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