fbpx

Todos Protegidos

Todos Protegidos

Estado de Alarma >>

 

Desde el principio hemos estado cerca de los colegiados poniéndoles al día de todas las medidas de apoyo a las que pueden acogerse durante el estado de alarma. Respondiendo a las dudas surgidas en tiempos de incertidumbre.

 

La información diaria con las novedades e incluso rectificaciones se estructuraron en cinco grandes bloques para su mejor compresión por parte de la colegiación.

Día a día hemos tenido informados a los colegiados y resuelto la casuística por teléfono, por lo que hemos redoblado esfuerzos por parte del Colegio hasta en época de «invernación»

 

Para aquellos Agentes Comerciales que estaban  obligados a desplazarse por motivos de trabajo, y solo en los casos en que era estrictamente necesario, el Colegio y el Consejo  expidieron un Certificado de Colegiación para que pudieran acreditarse como tales ante las autoridades competentes. 

Un certificado que debía ir acompañado en todo caso del Carnet Digital del Agente Comercial y del correspondiente documento de la empresa o empresas para las que trabaja acreditando la justificación de su desplazamiento, cuyo modelo también se facilitaba a los Agentes Colegiados. 

______

Apoyados de siempre en las leyes e informes jurídicos al respecto.

Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. «BOE» núm. 153, de 30 de mayo de 2020 CAPÍTULO II Flexibilización de medidas de carácter social

Artículo 7. Libertad de circulación.

1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Como dato anecdótico, el primer certificado acreditativo de la profesión que incluía el sector para el cual el agente comercial desarrollaba su función, dentro de los considerados esenciales, fue expedido el día xx xxx.

Como dato anecdótico, el primer certificado acreditativo de la profesión que incluía el sector para el cual el agente comercial desarrollaba su función, dentro de los considerados esenciales, fue expedido el día 16 de marzo de 2020.

Decálogo de seguridad para agentes comerciales

 

Siendo esta una crisis de carácter general, entendemos que sólo podremos salir de ella aplicando el sentido común de manera individual; por lo que os rogamos atiendan todas las instrucciones que desde la administración y los servicios sanitarios nos trasladen, En este sentido, destaca la necesidad de seguir cumpliendo y haciendo cumplir el primer decálogo específico para Agentes Comerciales elaborado por el Consejo General con medidas de prevención para garantizar un ejercicio seguro y responsable de la actividad, pues sigue plenamente vigente (descargar). “Es momento de estar #TodosProtegidos”, ha subrayado el Presidente de los Agentes Comerciales de España, que recuerda que “el Consejo y los Colegios vamos a seguir estando al lado de los colegiados en esta segunda oleada para ofrecerles todo el apoyo y la protección necesaria”, al mismo tiempo que “seguiremos poniéndonos a disposición de las autoridades para ayudar a contener la pandemia con todas las herramientas a nuestro alcance”.

La importancia de la labor que han realizado los compañeros cuyo objeto de representación (sanitario, alimentación, etc.) ha sido fundamental para el desarrollo de las actividades contempladas por el Gobierno para proveer de productos esenciales a la sociedad, en tiempos de confinamiento y aunque no han suspendido su actividad sectores, como la confección, mobiliario, joyería, hostelería, etc. Han iniciado su activación anticipando el tránsito de bienes y servicios de la mano de empresas y clientes, que han ido iniciando su actividad.

6.- FORMACION GRATUITA

 

Con motivo de la situación de emergencia provocada por la pandemia de COVID19 en nuestro país, el Consejo General recabó de sus partners especializados en formación la colaboración necesaria para garantizar cursos, masterclass y píldoras de formación gratuita a distancia por medios online para los Agentes Comerciales de España que permitieran  mejorar sus competencias en habilidades tecnológicas y profesionales para adaptarse a esta situación, y aprovechar la cuarentena para aumentar su competitividad con cursos útiles y productivos. 

4.- LIQUIDEZ AUTÓNOMOS

Para cubrir sus necesidades de liquidez, el Gobierno prometió que pondría en marcha una línea de avales bancarios por un valor de hasta 100.000 millones de euros para que estos negocios afectados por el coronavirus . Para pymes y autónomos.

Facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, teniendo como objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación como:

  1. Pagos de salarios
  2. Facturas de proveedores pendientes de liquidar
  3. Alquileres de locales, oficinas e instalaciones
  4. Gastos de suministros
  5. Necesidad de circulante
  6. Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
  7.  
1.- CESE DE ACTIVIDAD

 

El Consejo de Ministros aprobó la medida para flexibilizar el cese de actividad para los trabajadores y trabajadoras autónomos afectados por las consecuencias económicas del estado de alarma decretado con motivo del COVID-19 17 de marzo de 2020. El Consejo de Ministros extraordinario celebrado el 17 de marzo, aprobó una batería de medidas de apoyo social que incluye una prestación extraordinaria por cese de actividad.

Para acceder a esta nueva prestación, la persona beneficiaria debía dirigirse a la Mutua habitual con la que tenían cubiertas las contingencias profesionales; al ISM, en el caso del Régimen Especial de Trabajadores del Mar o al SEPE, en los casos en los que tengan la cobertura con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Nuestro Asesor Fiscal nos facilitó el listado completo de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Para acceder a la web de cada una donde se indicaba el formulario de solicitud de la prestación.
Soy autónomo y, debido al coronavirus, necesito tramitar urgentemente una solicitud por cese de actividad o por reducción de ingresos. ¿Cómo lo hago?.
Listado de mutuas y como sé que mutua me corresponde.
Cómputo descenso de actividad (nivel de facturación
Cuota de Autónomos y concesión de la prestación

2.- APLAZAMIENTOS

 

Afectaba a aquellos trabajadores autónomos que no tenían derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad. El aplazamiento de la cuota de autónomos, que no consistía en una suspensión o bonificación del pago sino en una moratoria.  Este aplazamiento de las cotizaciones durante seis meses y sin interés, en el caso de los autónomos sería el comprendido entre mayo y julio de 2020.

Las solicitudes de moratoria debían comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso correspondientes a los períodos de devengo señalados en el apartado primero. La concesión de la moratoria se comunicaba en el plazo de los tres meses siguientes al de la solicitud,  Si el trabajador autónomo o la pyme adquiera deudas con la Seguridad Social y el plazo de ingreso es entre los meses de abril y junio de 2020, también podía solicitar el aplazamiento del pago con un interés del 0,5%, siempre que no tuviera deudas anteriores.

3.- AYUDAS

 

Se establecieron ciertas ayudas directas e indirectas a través de varias convocatorias de organismos estatales, autonómicos, provinciales y locales.
– Todos los padrones de tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales no tributarias, procedentes de Diputación, Ayuntamientos y otros entes públicos, que no se encontraban al cobro a la fecha de la presente resolución, quedaban suspendidos su puesta al cobro en período voluntario hasta el 5 de junio.
La Diputación puso a disposición de los autónomos de la provincia un total de 947.800 euros para hacer frente a la crisis del Covid-19
Estas ayudas estaban dirigidas a cubrir diversos gastos de funcionamiento no inventariable, con una aportación máxima equivalente al pago de la cuota de cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos durante dos meses, lo que supondría una ayuda máxima de 572,30 euros”.
El Imdeec convocaba ‘Incentivos al autónomo, emprendimiento y proyectos de autoempleo’, con 400.000 euros; ‘Incentivos al mantenimiento y crecimiento empresarial’, con 275.000 euros; e ‘Incentivos a la expansión e internacionalización de mercados’, con 50.000 euros. Las ayudas del Imdeec se podían solicitar a partir del 15 de mayo (autónomos y autoempleo), 20 de mayo (crecimiento empresarial) y 5 de junio (internacionalización y expansión).
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el decreto ley de medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus, que incluía entre sus iniciativas la puesta en marcha de una ayuda de 300 euros para trabajadores por cuenta propia, autónomos o mutualistas.
Para ser beneficiario de la ayuda, el decreto ley establecía como requisito ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía, y estar afiliado al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad correspondiente, en la fecha de la entrada en vigor del estado de alarma.

Login

Login